Por Richard Delgado
En una país muy cercano un grupo de mujeres y hombres ejecutaron una acción política de marcada trascendencia. Ese hecho llevó al gobierno de esa nación a tomar varias medidas de seguridad para mantener el estado de derecho. Entre las medidas tomadas, se estableció un mecanismo de amnistía para atraer al diálogo a los involucrados, pero dicha amnistía fue tan solo un señuelo para poder capturarlos y aprehenderlos.
La amnistía no puede confundirse con amnesia. Pareciera que a ciertos interesados individuos estos términos les son sinónimo. Pero no, son en verdad totalmente antagónicos.
El primer término, amnistía, según la RAE, refiere al perdón de ciertos tipos de delitos, básicamente aquellos que están relacionados con asuntos de carácter político y que de alguna manera supone la anulación «retroactiva» del delito, incluso de la pena. Sin embargo (aunque el latín define la amnēstía como olvido) no menos cierto es que en asuntos políticos pudiera relacionarse más con hacer justicia que con el olvido.
Por su parte la amnesia se asocia más a una patología que implica la pérdida de memoria parcial o temporal, causada por daño cerebral debido a traumas, tumores, alcoholismo, el consumo de sustancias psicotrópicas o debido a factores psicológicos. Pero en ningún caso estos dos términos se encuentran relacionados entre sí.
El espíritu jurídico y humanitario que enviste a la amnistía trasciende incluso su básica definición. Aunque su tangible objetivo consiste en liberar de una causa penal a un individuo o grupos de individuos, lo cierto es que detrás de esta acción existe un profundo principio humanitario que dista mucho de la estricta concepción clásica del derecho positivo.
En la República Bolivariana de Venezuela la Asamblea Nacional ha aprobado una ley de amnistía para «sanar las heridas y avanzar» como lo ha expuesto la presidenta encargada Delsy Rodríguez, cumpliendo de esta manera con el mandato constitucional que dicta en su artículo 187, numeral 5, el deber del poder legislativo de crear medidas para que vivamos en tranquilidad, teniendo como principal objetivo alcanzar la paz nacional garantizando la justicia en firme lucha contra la impunidad. En tal sentido, con esta novísima ley, se prevee liberar un contingente de ciudadanos detenidos por delitos contra la nación en diversos hechos donde hubo daño contra personas, bienes públicos y privados, incitación al odio, entre otros. Delitos debidamente tipificado en nuestro Código Orgánico Procesal Penal y las leyes venezolanas, juzgados de acuerdo al debido proceso y el derecho a la defensa. De igual manera la precipitada de ley, establece claramente las excepciones impidiendo la aplicación del perdón a delitos como violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de guerra o lesa humanidad, corrupción y tráfico de drogas y el homicidio internacional.
En términos generales, esta ley de amnistía busca cerrar ciclos de odio y abrir una era de respeto al estado de derecho, tal como lo ha expuesto nuestra mandataria Rodríguez, así como el acercamiento entre sectores de la oposición política radical, al gobierno nacional, proceso vinculado a una importante agenda de negociación y diálogo por la paz que lidera el Gobierno Bolivariano con el estadounidense, ante la conmoción extranjera en la que se encuentra nuestro país.
Por ello es fundamental hacer un esfuerzo por seguir explicando el verdadero espíritu de esta ley, ya que los sectores beneficiados por la misma, no están comprendido el asunto.
La amnistía no es un derecho, es un beneficio humanitario que se otorga por voluntad política entre las partes en conflicto y que buscan esencialmente garantizar un clima de paz, armonía y acercamiento para el diálogo. La amnistía no es un salvoconducto para delinquir abiertamente transgrediendo las leyes de la República, ni mucho menos para la comisión de los mismos delitos antes juzgado y perdonados por la amnistía. Porque no se trata de olvido, sino de un ejercicio político humanitario en favor de la paz y la convivencia.
Señoras y señores beneficiados, aclarando bien el asunto, no se trata de amnesia sino de perdón. Pero este perdón tiene una única cualidad. Se perdona lo que se hizo y aquí el principio retroactivo de la ley de amnistía, es decir, reconocer un periodo específico donde será aplicado el perdón, pero esta ley no estable una cláusula o disposición que defina y prevéa algún perdón prospectivo, lo que podríamos definir como la sinrazón de la extrema derecha que ahora intenta vilipendiar esta noble ley surgida desde el peor de los escenario que podríamos desear: desde la guerra misma.
Creemos necesario insistir en el espíritu humanitario de esta valiosa ley de amnistía, de lo contrario estaremos ante una pugna retroactiva y prospectiva; pobre amnistía.